GUÍA PRÁCTICA DE RESPUESTAS INCLUSIVAS Y CON ENFOQUE DE DERECHOS ANTE EL COVID-19 EN LAS AMÉRICAS
INTRODUCCIÓN
LA DESIGUALDAD Y LA PANDEMIA DEL COVID-19 EN LAS AMÉRICAS
El COVID-19 es una enfermedad respiratoria infectocontagiosa causada por el virus SARSCOV-2 detectado por primera vez en la provincia de Wuhan, China en diciembre de 2019. En cuestión de tres meses se propagó al resto del mundo registrando, al cierre de marzo de 2020, 754,948 personas contagiadas por el virus en 202 países, y habiendo cobrado la vida de 36,571 personas, según la Organización Mundial de la Salud (OMS). En virtud de la magnitud de la expansión del contagio, esta misma organización la declaró pandemia el 11 de marzo de 2020. En las Américas, la Organización Panamericana de la Salud (OPS) ha documentado la existencia de 188,842 casos confirmados, y 3,554 personas fallecidas a la misma fecha, con presencia en todos los países de nuestro hemisferio. Esta pandemia global está convirtiéndose en la crisis más importante que ha enfrentado el mundo en los últimos tiempos con variaciones en las respuestas que diferentes países han dado a la emergencia.
La pandemia también ha puesto a prueba a los gobiernos de la región, revelando las debilidades en los sistemas de salud pública y protección social, y con el potencial de no solo llegar a ser una pandemia sanitaria sino también una pandemia social. Aun así, los países de las Américas han respondido con agilidad y pragmatismo, y con una gama amplia de medidas de contención del virus y de mitigación de las consecuencias de los contagios, que van desde evitar el desabastecimiento de bienes básicos, la provisión de líneas especiales de crédito a las empresas para asegurar el pago de salarios, el congelamiento de pagos de servicios básicos, y prohibición de suspensión de estos servicios por no pago a los proveedores, el aumento del gasto social a través de la expansión de transferencias monetarias directas a hogares sin salario o a familias en situación de pobreza, así como la entrega de paquetes de alimentos a familias y a estudiantes que sólo en las escuelas tenían acceso a una alimentación adecuada. También incluye la medida que más impacto está teniendo en la forma de coexistir como sociedades: la cuarentena domiciliaria o el aislamiento o distanciamiento social.
El COVID-19 no sólo está afectando directa e indirectamente la salud de cientos de miles de personas y los sistemas nacionales de salud, sino que los efectos de los contagios y de las medidas antes mencionadas, también están teniendo serios impactos en la suspensión de clases de estudiantes, el cierre de fronteras, la aplicación de limitaciones en el tránsito y libre movilidad de las personas, la pérdida y suspensión de empleos y medios de subsistencia de miles de trabajadoras y trabajadores. La pandemia también ha causado la desestabilización de la economía mundial y con ello también la de los países de las Américas, además de los impactos físicos y psicológicos que está implicando para las vidas de todas y todos. Al mismo tiempo, en un hemisferio marcado por la desigualdad, las afectaciones en el derecho a la salud, y todas las esferas de los derechos humanos tienen impactos más acentuados, y terminan afectando de forma diferenciada, a las personas en situación de vulnerabilidad.
Ante esta crisis, los países de la región cuentan con un entramado jurídico de protección de derechos humanos que da certidumbre y marca una hoja de ruta sobre lo que se debe hacer para garantizar el goce pleno del derecho a la salud, y la protección de todas facetas de los derechos de las personas en el contexto de pandemia actual. La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (1948) establece en su Artículo XI que todas las personas tienen derecho a la preservación de su salud por medidas sanitarias y sociales, relativas a la alimentación, el vestido, la vivienda y la asistencia médica, correspondientes al nivel que permitan los recursos públicos y los de la comunidad. La Convención Americana sobre Derechos Humanos, o Pacto de San José de Costa Rica (1969), también marca como condición de un Estado de Derecho por el cual se rigen las instituciones democráticas, la garantía de derechos a todas las personas sin distinción, incluyendo las condiciones básicas para su sustentación. Así, el derecho a la preservación de la salud, y al acceso equitativo al bienestar, la protección social, el trabajo, además del derecho a la vida -y a una vida digna-, entre otros, están contemplados en estos instrumentos.
Por su parte, el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales -Protocolo de San Salvador- (1988) aborda directamente el derecho a la salud, a nivel físico, mental y social, y genera la obligación a los Estados de reconocer la salud como un bien público y particularmente a adoptar una serie de medidas para garantizar ese derecho. Estas medidas van desde la garantía de atención primaria de salud al alcance de todas las personas, la extensión de los beneficios de los servicios de salud a todos los individuos sujetos a la jurisdicción del Estado, la total inmunización contra las principales enfermedades infecciosas, la prevención y el tratamiento de las enfermedades endémicas, la educación de la población sobre la prevención y tratamiento de los problemas de salud, así como la satisfacción de las necesidades de salud de los grupos de más alto riesgo y que por sus condiciones de pobreza sean más vulnerables.
Igualmente importante para los Estados es considerar las condiciones mínimas para el ejercicio del derecho a la salud, tal como lo ha planteado la jurisprudencia del sistema, a saber la disponibilidad, la accesibilidad, la aceptabilidad y la calidad. Es decir, es clave para los Estados “brindar una atención y tratamiento de salud oportuna y apropiada; destacándose que todos los establecimientos, bienes y servicios de salud deben ser accesibles sin discriminación alguna, y adaptarse en función de circunstancias como las que la presente pandemia plantea con apego al principio «pro persona», a fin de que prevalezca el debido y oportuno cuidado a la población por sobre cualquier otra pauta o interés de naturaleza pública o privada,” invitando también a poner atención a la salud mental de las personas en virtud de los efectos psicológicos de esta pandemia.
Otro instrumento que contribuye a guiar el accionar de los Estados en esta situación de emergencia social es la Carta Social de las Américas y su Plan de Acción. Estos documentos reafirman que el goce del grado máximo de salud que se pueda lograr es uno de los derechos fundamentales de todo ser humano sin discriminación. En ambos documentos, los Estados miembros de la OEA reconocen que el derecho a la salud es una condición fundamental para la inclusión y cohesión social, el desarrollo integral, y el crecimiento económico con equidad, por un lado, pero priorizan la integralidad al abordar las otras facetas de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, tales como el derecho a la alimentación, a la vivienda, al empleo y seguridad social, entre otros derechos que también se han visto afectados en el marco de esta pandemia.
Además de establecer obligaciones a los Estados miembros de la Organización, estos instrumentos marcan la pauta para el diseño de las respuestas de política pública con enfoque de derechos humanos frente a la emergencia. Después de todo, el enfoque de derechos humanos en la formulación de políticas públicas es primordialmente “adoptar como marco referencial de actuación los principios y las normas que reconocen los derechos fundamentales plasmados tanto en instrumentos internacionales, como en las constituciones y normas nacionales.”
Los principios de igualdad y no discriminación son también esenciales en el abordaje de esta crisis, sobre todo en un contexto regional marcado por la desigualdad y la exclusión social. Esto consiste en garantizar el acceso al derecho a la salud, y a todos los otros derechos contemplados en los instrumentos jurídicos internacionales e interamericanos, y que se han visto afectados por la crisis del COVID-19, a toda la población, utilizando criterios de distinción objetivos y razonables, basados en la equiparación de las oportunidades para saldar la brecha de desigualdad, y evitando diferencias de trato arbitrarias. En especial, diferencias de trato basadas en factores expresamente vedados y discriminatorios, tales como la raza, etnia, género, religión o el origen social, condiciones bio-psico-sociales, o por razones asociadas a la desigual distribución de recursos y oportunidades.
El derecho a la información también es clave tenerlo en cuenta por parte de los Estados en el manejo de la crisis generada por la pandemia. En efecto, es obligación de los Estados generar un marco legal que asegure el ejercicio de este derecho, especialmente en el actual contexto, considerando los requisitos mínimos, tales como el principio de la máxima apertura de la información, la presunción de publicidad respecto a reuniones y documentos claves, definiciones amplias sobre el tipo de información que es accesible, plazos cortos y costos razonables, entre otros. En este marco, el poder contar con información estadística confiable y actualizada sobre la pandemia (casos confirmados, casos en observación, fallecidos) es esencial para eliminar o reducir la posibilidad de que sean la desinformación o las noticias falsas o fake news, quienes informen a la ciudadanía. Para un mejor manejo por parte de los Estados de esta crisis, es importante que las personas tengan conocimiento y estén informadas de la gravedad de la situación, de las medidas que se están adoptando y de las medidas de prevención que deben tomar, y que esta información sea accesible para todas las personas sin distinción, incluyendo las personas con discapacidad, pueblos indígenas, personas mayores, entre otros.
Esta Guía Práctica tiene como elemento transversal al análisis y propuestas de recomendación el concepto de interseccionalidad como esencial para entender los retos que enfrentan las personas ante la pandemia, y sobretodo en el desarrollo de las respuestas. Es decir, en el análisis de la pandemia y sus efectos, y en las respuestas, es vital tener en cuenta la intersección de diversas características de las personas (edad, sexo, identidad de género, raza, etnia, discapacidad, etc) que coexisten y que, conjuntamente, pueden limitar o anular el goce de derechos de estas personas.
Es precisamente con el objetivo de dar orientaciones a los Estados sobre los instrumentos del marco normativo interamericano que ayudan a manejar la actual pandemia, y a fin de promover los principios de igualdad y no discriminación en las respuestas de política pública a esta emergencia mundial, que hemos elaborado el presente documento. Esta Guía Práctica ofrece una serie de herramientas para pensar respuestas que tengan en cuenta la situación particular de ciertos grupos históricamente excluidos en nuestras sociedades, aquellos que hemos llamado “grupos en situación de vulnerabilidad”.
La primera sección, a cargo de Alejandra Mora Mora, Secretaria Ejecutiva de la Comisión Interamericana de Mujeres (CIM), ofrece la mirada particular sobre la situación de las Mujeres en la región, quienes están en la primera línea de atención y contención de la pandemia, tanto en los espacios públicos como en el privado. Por su parte, los especialistas en derechos de las personas mayores, Adriana Rovira, y Robert Perez, abordan la situación del grupo determinado como de más alto riesgo ante el virus por la Organización Mundial de la Salud, los adultos mayores.
Pamela Molina, Especialista de la Sección de Grupos en Situación de Vulnerabilidad del Departamento de Inclusión Social, profundiza en los retos que esta pandemia presenta para generar respuestas que incluyan a las personas con discapacidad, priorizando algunas recomendaciones que garanticen, entre otros, el derecho a la información y el derecho a la salud y contemplen los principios de inclusión y accesibilidad, para que pueda este último hacerse efectivo. La dimensión del impacto de esta pandemia en los pueblos indígenas y poblaciones afrodescendientes tiene también que ser una prioridad en las respuestas estatales, pues se encuentran en una mayor situación de vulnerabilidad debido al agravamiento de las brechas de pobreza, desigualdad, y las dificultades de acceso que enfrentan normalmente al ejercer sus derechos, incluido el derecho a la salud. Roberto Rojas, Jefe de la Sección de Grupos en Situación de Vulnerabilidad del Departamento de Inclusión Social, repasa los retos particulares de las Poblaciones Afrodescendientes, y ofrece algunas recomendaciones para manejar los efectos de la pandemia en esta población. Abonando a esta mirada en el plano étnico-racial, Daniel Sánchez, Experto Gubernamental por el Gobierno del Perú ante el Grupo de Trabajo del Protocolo de San Salvador (GTPSS), profundiza sobre las necesidades particulares de los Pueblos Indígenas en tiempos de pandemia, y el potencial agravamiento de su situación de vulnerabilidad.
Las personas lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersex (LGBTI) de las Américas se enfrentan al estigma y a la discriminación, tanto en la sociedad en general como en el sector de la salud en particular. El Presidente del GTPSS y Experto Gubernamental por el Gobierno del Uruguay, Andres Scagliola, mapea los principales obstáculos para que las personas LGBTI puedan ejercer su derecho a la salud, poniendo particular atención al contexto del COVID-19, y propone algunas recomendaciones a tener en cuenta por los Estados.
Las personas migrantes y refugiadas son especialmente vulnerables ante esta enfermedad, debido a que muchas de ellas presentan dificultades en el acceso a una atención sanitaria decente y a programas de salud debido a su nacionalidad o condición migratoria. Igualmente enfrentan retos para cumplir con las medidas de distanciamiento social debido a la situación de hacinamiento en la cual muchos de ellos viven, o por la necesidad de trabajar en el mercado informal. Alvaro Botero, Coordinador de la Unidad OEAACNUR de Desplazamiento Forzado en el Departamento de Inclusión Social, repasa algunos de los retos, y puntualiza recomendaciones clave para tratar a este grupo en particular en el contexto de emergencia sanitaria.
Rafael del Castillo, Secretario Técnico del GTPSS, evalúa cómo la pandemia afecta a las personas privadas de libertad, y mapea algunas recomendaciones sobre cómo proteger su derecho a la salud. Por su parte, Sara Mía Noguera, Jefa de la Sección de Promoción de la Equidad del Departamento de Inclusión Social, repasa las vulnerabilidades particulares en esta situación de emergencia, de las personas en situación de pobreza. También incluye recomendaciones concretas que pudieran ser implementadas dentro de los sistemas de protección social existentes en la región. Finalmente, una población que está siendo afectada por algunas de las medidas adoptadas, y que requiere de respuestas específicas en su derecho a la salud y a la educación son los niños, niñas y adolescentes (NNyA). Agustín Salvia, Investigador y Experto del Grupo de Trabajo del Protocolo de San Salvador y Ianina Tuñón, Investigadora, repasan algunas de estas afectaciones y ofrecen unas recomendaciones útiles al pensar en la situación particular de NNyA. Es importante notar que, aunque se consultó con niños, niñas y adolescentes cercanos a los autores, hasta ahora no se ha llevado a cabo una consulta más extensa para recabar las perspectivas de esta población de las Américas, proceso que se espera adelantar en el futuro próximo.
La Secretaría General de la OEA, a través de su Departamento de inclusión Social, agradece a cada una de estas y estos autores por sus valiosas contribuciones a esta Guía Práctica, en particular a Pamela Molina, por su trabajo de coordinación de las contribuciones, así como a los Oficiales Esperanza A Ramos, Mariette Vidal y Rafael Del Castillo, por su apoyo en la preparación de este documento.
Es claro que la amenaza e incertidumbre que genera la actual situación de pandemia mundial no puede ser abordada por ningún país de manera individual. Si algo nos está enseñando esta emergencia inédita, es que la salud de la región y del mundo, dependen de la calidad de acceso a la salud de cada ciudadana y ciudadano. Y que cada ser humano pertenece a múltiples categorizaciones sociales e identidades, las cuales deben ser abordadas por las políticas públicas como un todo, de manera interseccional, para que las respuestas sean realmente efectivas. La emergencia causada por el COVID-19 también apela al sentido de solidaridad y cooperación que ha caracterizado a la región. Es por esto que desde la OEA queremos contribuir con esta Guía Práctica, conscientes de la necesidad de compartir toda la información que sea útil y necesaria para mejorar aún más las respuestas que están dando los Estados. De igual forma, ponemos a disposición nuestros conocimientos y herramientas, en base a los instrumentos jurídicos interamericanos firmados y ratificados por los Estados Miembros, para articular las respuestas de forma aún más eficaz e integral, bajo los principios de transversalidad, interseccionalidad, inclusión y colaboración. Aunque genera retos importantes en la garantía de derechos, esta pandemia también debería generar oportunidades para garantizarle más derechos a más gente. Para esto, cuenten con la plena disposición de la Secretaría General de la OEA.
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